Tipos de ciberbullying o ciberacoso

Pantalla de movil con iconos sociales

Manipulación: uso de información encontrada en las plataformas para difundirla de forma no adecuada entre los miembros, acceso con la clave de otra persona a un servicio y realización de acciones que puedan perjudicarle en su nombre, etc.

Algunas de las manifestaciones más frecuentes del ciberacoso escolar, aunque considerando las posibles variaciones según cada entorno o grupos son:

• Envío repetido de mensajes ofensivos e insultantes hacia un determinado individuo.

Luchas online a través de mensajes electrónicos (chat, mensajería instantánea vía móvil, SMS, redes sociales…) con un lenguaje enfadado y soez.

• Envío de mensajes que incluyen amenazas de daños altamente intimidatorios, acompañadas además de otras actividades en la red (acecho, seguimiento), que hacen que la persona tema por su propia seguridad.

• Enviar o propagar cotilleos crueles o rumores sobre alguien dañando su reputación.

• Pretender ser alguien que no se es y enviar o difundir materiales e informaciones online que dejan en ridículo a la persona en cuestión, la ponen en riesgo o causan daño a su reputación ante sus conocidos y/o amigos.

• Compartir online información secreta o embarazosa de alguien. Engañar a alguien para que revele información secreta o embarazosa que después se comparte online. Publicación de datos personales, etc.

Excluir intencionalmente a alguien de un grupo online, como una lista de amigos. Enviar programas basura: virus, suscripción a listas de pornografía, colapsar el buzón del acosado etc.

• Grabar y colgar en Internet vídeos de peleas y asaltos a personas a quienes se agrede y que después quedan expuestas a todos.

• Grabar actividades sexuales en el móvil o con webcam y enviarlo a la pareja, quien lo comparte con sus amigos con la intención de molestar y denigrar intencionadamente.

• Utilizar un blog personal para denigrar y hablar mal de una persona.

Manipular materiales digitales: fotos, conversaciones grabadas, correos electrónicos, cambiarlos, trucarlos y modificarlos para ridiculizar y dañar a personas.

Robar contraseñas para suplantar su identidad.

• Realizar y/o participar en encuestas y rankings en Internet denigratorias para algunas personas .

Desde el punto de vista legal, el tipo penal más próximo al ciberbullying es el que se recoge en los artículos 197 y 510 del Código Penal. Allí se detalla la revelación de información a terceros sin consentimiento del titular, la posibilidad de que la víctima sea un menor o un incapaz, y el uso de las TIC para lesionar la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito.

Fuente: Guía de actuación contra el ciberacoso 

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